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mayo  16, 2024

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¿Pueden los terceros coadyuvantes absolver posiciones en la provincia de Santa Fe?

Por Alejandro Alberto Fiorenza


“Aunque no sea lo más corriente, es perfectamente posible encontrar algún que otro expediente judicial en el que habiendo sido citado un tercero coadyuvante a intervenir al proceso en cuestión, luego al ofrecer la prueba correspondiente también se proponga la absolución de posiciones de dicho sujeto.Justamente por tal razón es que nos hemos dedicado en el presente a analizar la cuestión en orden a dilucidar la posibilidad de ello, sobre todo teniendo en cuenta las particularidades que presenta en nuestro derecho adjetivo el instituto de la intervención de terceros en el proceso. En definitiva, pasaremos a continuación a desarrollar lo atinente a los requisitos de la prueba confesional, particularmente en lo que tiene que ver con los sujetos de la misma; para proseguir luego con el análisis teórico y abstracto de los diferentes sujetos procesales en orden a descubrir quiénes son terceros coadyuvantes e identificar a los mismos dentro de nuestro ordenamiento ritual santafesino; todo ello con la intención de culminar brindando una respuesta a la incógnita que aquí hemos despertado.” 

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Términos mencionados en esta doctrina: terceros, posiciones, coadyuvantes, cuestión, absolución.

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